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RUC®al día
Marzo 8 de 2018 - Año 8 No. 76


Actualidad

Arcos Eléctricos
Un factor de riesgo grave también en baja tensión



Al analizar los riesgos asociados a la utilización de la energía eléctrica se puede pensar de forma inmediata en el riesgo de contacto eléctrico, ya sea de forma directa o indirecta. Sin embargo, en baja tensión es relativamente frecuente minusvalorar otro riesgo importante asociado a esta forma de energía, el arco eléctrico.

Qué es un arco eléctrico

El aire tiene propiedades aislantes respecto a la conducción de la corriente eléctrica. Sin embargo, si la diferencia de potencial eléctrico entre dos puntos separados por aire una cierta distancia es lo suficientemente grande, puede superarse la rigidez dieléctrica del mismo (máxima tensión que puede soportar un aislante sin perforarse), permitiendo pasar la corriente a través de él.  En ese momento se produce el denominado arco eléctrico, una especie de “salto” de la corriente eléctrica a través del aire desde un elemento conductor a otro.

En un arco eléctrico pueden producirse temperaturas de miles de grados centígrados, capaces de fundir los elementos metálicos, normalmente de cobre o aluminio, existentes en sus proximidades.

 


Tras generarse el arco, se produce una dilatación súbita del aire (explosión) que proyecta los metales fundidos (a modo de metralla) a distancias que pueden alcanzar varios metros.

Riesgos a los que se exponen los trabajadores
  • Altas temperaturas y emisión de radiaciones ultravioletas e infrarrojas capaces de provocar quemaduras de tercer grado a la persona expuesta.
  • Proyecciones de materiales fundidos, con capacidad para penetrar en el cuerpo de la persona afectada.
  • Altos niveles de ruido y presión que pueden producir roturas timpánicas y pérdida de la audición (posibilidad de superar los 160dB).
  • Ionización del aire circundante, pudiendo provocar arcos en cadena entre otros elementos en tensión.
  • Lesiones debido a la inhalación de humos tóxicos provocados muchas veces por la vaporización del cobre.
  • Lesiones oculares por deslumbramiento, debido básicamente a la intensidad luminosa que se produce durante este fenómeno eléctrico flash.

 

Tareas donde podría producirse arco eléctrico:

  • Mediciones en baja tensión.
  • Maniobras en interruptores de potencia.
  • Trabajos en proximidad de elementos en tensión.
  • Trabajos en circuitos con secciones eléctricas importantes.
  • Trabajos próximos a transformadores de potencia.
  • Maniobras con interruptores: interruptores antiguos, sin armario de protección, maniobras realizadas con puerta abierta, etc.
 

Principales causas de arco eléctrico:

  • Cortocircuitos provocados de forma accidental por los propios trabajadores: aproximaciones excesivas, útiles con asilamiento deficiente, pulseras, cadenas, relojes, cremalleras, elementos metálicos en general, etc.
  • Fallos en los dispositivos de maniobra (mantenimiento inadecuado de los mismos, depósitos de polvo, condensaciones, corrosión, fallos de aislamiento, bornes flojos).
  • Cortocircuitos provocados por animales, etc.
Principales deficiencias en las evaluaciones de riesgo
  • Excesiva focalización en la evaluación de riesgos en el contacto eléctrico, no considerando de forma adecuada el riesgo por arco eléctrico.
  • Uso de equipos de protección personal insuficientes para el nivel de riesgo existente (ropa de algodón en tareas de riesgo medio/alto, gafas de seguridad en lugar de pantallas).
  • No uso de equipos de protección contra las radiaciones ultravioletas e infrarrojas (inactínicos). 
  • No actualización de la evaluación de riesgos tras la realización de reformas en las instalaciones, reformas que pudieran afectar a las características frente a corrientes de cortocircuito de los elementos de protección y maniobra instalados.
  • Ausencia de instrucciones respecto al mantenimiento en este tipo de elementos.
  • Inexistencia de información del nivel de riesgo en función de la zona de la instalación en la que se van a ejecutar los trabajos

 

Recomendaciones:

  • Determinar en función de las características intrínsecas de la instalación la categoría de peligro/riesgo asociado.
  • Determinar la distancia de seguridad ante un arco eléctrico. Aumentar la distancia entre el elemento a accionar y los trabajadores.
  • Seguridad intrínseca de las instalaciones mediante la instalación de dispositivos especiales para la actuación en caso de arco eléctrico.
  • Sustitución de envolventes convencionales por otros diseñados para soportar arcos eléctricos.
  • Compartimentación de los armarios para evitar arcos eléctricos en cadena.
 

  • Seleccionar el tipo de elemento de protección individual más adecuado para poder realizar trabajos dentro de la zona de peligro (frontera de relámpago de arco), en función de la categoría de peligro/riesgo existente. Uso de casco aislante, protecciones auditivas, herramientas con nivel de aislamiento suficiente (en función de lo recogido en la evaluación de riesgos / estudio de arco eléctrico)
  • Señalizar los diferentes puntos de riesgo de una instalación con base en el nivel de riesgo existente en los mismos.
  • Uso de permisos de trabajo para trabajos en tensión
  • Estudio de arco eléctrico realizándose una revisión del mismo siempre que se produzcan modificaciones en las instalaciones y en periodos mínimos de 5 años.

 

Fuente: Ficha técnica de prevención No 40 - Arcos eléctricos, https://www.navarra.es. / http://www.interempresas.net





Lecciones aprendidas

Explosión por arco eléctrico


Descripción del accidente:

  • El accidente se produjo durante la realización de trabajos de mantenimiento eléctrico en unos armarios de baja tensión.
  • El trabajo se realizaba sin tensión. Se llevaba a cabo el reapriete de conexiones mediante una llave fija y la limpieza de embarrados. Por necesidades de la explotación una parte de la instalación se encontraba en tensión. El trabajador accidentado estaba informado de ello.
  • Por causas que se desconocen se produjo un arco eléctrico, probablemente por aproximación excesiva a los elementos que permanecían en tensión o por contacto accidental con los mismos.
  • Tras producirse el arco eléctrico la ropa del trabajador ardió rápidamente. El trabajador sufrió lesiones en cara, brazos y pecho.

Causas del accidente

  • El procedimiento de desconexión llevado a cabo fue deficiente. No se protegió al trabajador frente a otros elementos que permanecían en tensión.
  • Además, el trabajador accidentado no usaba equipos de protección individual adecuados frente al riesgo de arco eléctrico (ropa, guantes y protección facial), debido a ello las lesiones sufridas fueron de mayor gravedad

Recomendaciones preventivas:

  • Llevar a cabo un procedimiento de desconexión adecuado, aplicando “las cinco reglas de oro” (desconexión, impedir la reconexión, verificación de la ausencia de tensión, poner a tierra y en cortocircuito en caso necesario y proteger frente a otros elementos que permanezcan en tensión).
  • Aunque debe anteponerse siempre la protección colectiva a la individual, todo trabajador con riesgo de exposición a arcos eléctricos debe hacer uso de forma preventiva de equipos de protección individual adecuados, utilizando al menos:
    • Pantallas que filtren las radiaciones ópticas que se producen durante un arco eléctrico (inactínicas). Las gafas de seguridad no proporcionan una protección suficiente.
    • Ropa de manga larga, también en verano, y guantes de protección frente al arco eléctrico, en función de la potencia de la instalación, la proximidad a centros de transformación, etc.

Fuente: Gobierno de Navarra, España. http://www.navarra.es





Temas de interés RUC®

RUC® Social


Antecedentes
Un aspecto relevante para el desarrollo exitoso de los proyectos de hidrocarburos se relaciona con la gestión social en territorio, articulado con un conjunto de mecanismos que promueven la inclusión social de las diferentes partes interesadas en función de las necesidades y riesgos identificados.

La gestión social involucra múltiples actividades durante las fases de planeación, implementación, desarrollo y operación en los proyectos; lograr una acertada planeación y ejecución de la gestión social minimiza en gran medida los riesgos y conflictividad social que puedan presentarse en la zona

A partir de este contexto social y la realidad del entorno en territorio, se desarrolla el RUC® Social, como una iniciativa conjunta del Consejo Colombiano de Seguridad y la Cámara Colombiana de Bienes y Servicios Petroleros (Campetrol) y los aportes de las empresas.

RUC® Social

El RUC® Social es una estrategia para el fortalecimiento de la gestión social empresarial, promover la competitividad y elevando la productividad de las compañías, tiene como objetivo estratégico homogenizar en la industria las buenas prácticas sociales para el mejoramiento del desempeño del sector y aportar a la sostenibilidad del negocio.

Esta iniciativa, se compone de un sistema de evaluación y seguimiento sobre la gestión del riesgo de origen social, de acuerdo con los criterios, buenas prácticas, referentes técnicos y legales aplicables y contenidos en la “Guía del Sistema de Gestión RUC® Social “.

Contenido técnico RUC® Social

La estructura de la guía se basa en un esquema de gestión que considera los siguientes macroelementos (ver gráfica)

Cada uno de estos componentes se desarrolla en el siguiente contenido técnico

  • Respeto por los derechos humanos      
  • Autorregulación ética
  • Desarrollo sostenible        
  • Transparencia
  • Participación
  • Responsabilidad legal      
  • Las partes interesadas
  • Valor compartido

Proyección del RUC® Social

El pasado 26 de febrero de 2019, se realizó la jornada de socialización del RUC® Social para las empresas de la organización Empresas de Bienes y Servicios afiliadas a Campetrol, jornada donde se presentó el alcance de la iniciativa, contenido técnico y actividades desarrolladas.

Esperamos que la iniciativa sea adoptada de manera voluntaria y progresiva por las compañías como referente del desempeño en responsabilidad social y respeto por los Derechos Humanos de las empresas de bienes y servicios, de sus contratistas y grupos de interés.

Para más información puede consultar nuestra línea 2886355 opción 8 o a través de nuestro correo  servicioalcliente.ruc@ccs.org.co




Nuevos inscritos

Empresas inscritas al RUC®


El Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) les da la bienvenida a sus nuevas empresas inscritas. El trabajo en equipo contribuye a hacer del país un lugar más seguro y productivo para los trabajadores y el sector empresarial.

RUC® 20 AÑOS CONSTRUYENDO PAÍS

RUC® Hidrocarburos

Nombre Actividad económica Ciudad
Corps Security Ltda. Actividades de seguridad privada Bogotá
Boilers & VesselS S.A.S. Fundición de hierro y de acero Cali
Petroambietal Colombia Ltda. Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica Neiva
Tierradentro Landinez de Colombia EU Alquiler y arrendamiento de vehículos automotores Tauramena
Constructora FG S.A. Construcción de carreteras y vías de ferrocarril Barranquilla
N.A.C Equipos y Operaciones Industriales S.A.S. Demolición Aguazul

Mantenimiento Equipos Rotativos P&P S.A.S.

Mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipo Barrancabermeja

Suministro y Mantenimiento J.C. S.A.S.

Construcción de otras obras de ingeniería civil Purificación

Translanza S.A.S.

Transporte de pasajeros Bogotá

Construcciones y Diseños Stevenson Hermanos S.A.S. - CONDIS S.A.S.

Construcción de otras obras de ingeniería civil Barranquilla

CONSTRUPETROL G&G S.A.S.

Construcción de otras obras de ingeniería civil Puerto Boyacá

Conservar Ltda.

Instalaciones eléctricas- de fontanería y otras instalaciones especializadas Purificación

Danfell Services S.A.S.

Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural Bogotá

Soluciones de Ingeniería Aplicada S.A.S.

Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica Barranquilla

 

RUC® Otros Sectores

Nombre Actividad económica Ciudad
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá
Ayesa Ingeniería y Arquitectura S.A.U Sucursal Colombia Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica Bogotá
Argos
ETS Ingeniería Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo N.C.P. Bogotá
Intervenir Riesgos Laborales S.A.S. Actividades de consultoría de gestión Cartagena
Cabot
Metalmecánica y Soluciones de Ingeniería Construcción de barcos y de estructuras flotantes Cartagena


Formación y eventos

Clasificación, identificación y almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos


*La programación está sujeta a cambios.

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Entérese de primera mano sobre actualizaciones, buenas prácticas y recomendaciones para la gestión de los riesgos laborales y ambientales en su empresa.

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  Consejo Colombiano de Seguridad - CCS



Actualización legal en SSTA

Resolución 6184 del 28 de diciembre de 2018



 

Resolución 0312 del 13 de febrero de 2019

Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SSST

Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST para las personas naturales y jurídicas señaladas en el artículo 2° de este Acto Administrativo.

Los presentes Estándares Mínimos corresponden al conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento de los empleadores y contratantes, mediante los cuales se establecen, verifican y controla     n las condiciones básicas de capacidad técnico-administrativa y de suficiencia patrimonial y financiera indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades en el Sistema de Gestión de SST.

Artículo 2. Campo de aplicación. La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a los trabajadores dependientes e independientes, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, a las empresas de servicios temporales, a los estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales y los trabajadores en misión; a las administradoras de riesgos laborales; a la Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las Fuerzas Militares; quienes deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

Parágrafo 2. No están obligados a implementar los Estándares Mínimos establecidos en la presente Resolución, los trabajadores independientes con afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales de que trata la Sección 5 del Capítulo 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo.

Parágrafo 3. Los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST para personas naturales que desarrollen actividades de servicio doméstico serán establecidos en un acto administrativo independiente

Artículo 3. Estándares Mínimos para empresas, empleadores y contratantes con diez (10) o menos trabajadores clasificadas con riesgo I, II ó III.

Artículo 7. Estándares mínimos para Unidades de Producción Agropecuaria con diez (10) o menos trabajadores de forma permanente clasificadas con riesgo I, II ó III.

Artículo 9. Estándares Mínimos para empresas de once (11) a cincuenta (50) trabajadores permanentes clasificadas con riesgo I, II ó III

Artículo 15. Estándares Mínimos para empresas de once (11) a cincuenta (50) trabajadores y unidades de producción agropecuaria de once (11) a cincuenta (50) trabajadores permanentes, clasificadas en riego (sic) IV ó V

Artículo 26. Implementación definitiva del Sistema de Gestión de SST de enero del año 2020 en adelante.Desde enero del año 2020 en adelante, todos los Sistemas de Gestión de SST se ejecutarán anualmente de enero a diciembre o en cualquier fracción del año si la empresa o entidad es creada durante el respectivo año.

Resolución 039 del 01 de febrero de 2019

"Por la cual se modifica la Resolución 567 de 2018 "Por la cual se definen los contenidos que, en cuanto a seguridad vial, dispositivos y comportamiento, deba contener la información al público para los vehículos nuevos que se vendan en el país, lo que deban llevar los manuales de propietario y se dictan otras disposiciones para el suministro de información adecuada al consumidor de los mismos" y se dictan otras disposiciones".

Artículo 1. Objeto: Modificar el contenido de la Resolución 567 de 2018 “Por la cual se definen los contenidos que, en cuanto a seguridad vial, dispositivos y comportamiento, deba contener la información al público para los vehículos nuevos que se vendan en el país, la que deban llevar los manuales de propietario y se dictan otras disposiciones para el suministro de información adecuada al consumidor de los mismos.

Artículo 2. Modifíquese el parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución 567 de 2018, el cual quedará así:

“Parágrafo 2. Se excluyen del ámbito de aplicación de la presente norma, las publicaciones efectuadas en redes sociales cuyo tamaño sea inferior a 720X242pixeles o área equivalente de 174.240px2”

Artículo 3. Modifíquese el artículo 4 de la Resolución 567 de 2018, el cual quedará así:

“Artículo 4. De los diferentes sistemas de seguridad activa y pasiva, se tendrán en cuenta los siguientes como los principales para información al público:

  1. Sistemas de seguridad activa:
    • Sistema antibloqueo de frenos
    • Control electrónico de estabilidad
    • Alerta de colisión frontal o Sistema avanzado de frenado de emergencia (también referido como frenado autónomo de emergencia)
    • Sistema de encendido automático de luces o luces de circulación diurna.
  2. Sistemas de seguridad pasiva.
    • Sistema de sujeción infantil
    • Sistema de bolsa de aire o airbag.


Parágrafo. Para el caso de motocicletas, aplicará exclusivamente el equipamiento de sistema antibloqueo de frenos (ABS) y el sistema de encendido automático de luces (AHO), “Auto Headlamps On” por sus siglas en inglés), sistema que permite que la luz baja o de cruce se encienda automáticamente cuando el motor del vehículo esté en funcionamiento o su switch esté abierto) o sistema de luces de circulación diurna (DRL, “Day Running Lights” por sus siglas en inglés), luz delantera destinada a hacer más visible el vehículo en marcha con luz diurna).

Se entiende por luz baja o de cruce, la luz utilizada para iluminar la vía por delante del vehículo sin deslumbrar ni interferir indebidamente a los conductores circulando en sentido contrario, ni a los demás usuarios de la vía.”

La anterior información se presenta exclusivamente con fines informativos, recuerde consultar el contenido completo de la norma

 


 
 
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