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Boletín
RUC®al día
Julio 6 de 2018 - Año 7 No. 69


Actualidad

10 acciones para la gestión preventiva en las pymes


 

Todos en la empresa tienen responsabilidades en prevención de riesgos laborales. No obstante, el empresario es el máximo garante de que la actividad laboral en la empresa se desarrolle en condiciones de seguridad y salud.

Ello lleva consigo el desarrollo de una serie de actuaciones preventivas claves. La prevención de riesgos laborales debe estar organizada y sistematizada, al igual que cualquier otro aspecto de la actividad empresarial.

Los comportamientos seguros y saludables de los trabajadores dependen en gran medida del interés mostrado por los directivos y mandos en el cumplimiento de lo reglamentado y de que los trabajos se realicen adecuadamente.

Para una prevención real y eficaz:

A continuación, se presenta una ayuda para identificar las 10 principales acciones preventivas que se deben desarrollar en las organizaciones:

  1. Organice la prevención.
  2. Cuente con los trabajadores.
  3. Actúe frente a los riesgos.
  4. Facilite la información y formación necesarias a los trabajadores.
  5. Anticípese a los cambios.
  6. Cuide la salud de los trabajadores.
  7. Investigue los daños para evitar su repetición.
  8. Prevea la actuación frente a las emergencias.
  9. Verifique que está haciendo las cosas bien.
  10. Gestione eficazmente la prevención de riesgos laborales, documente lo necesario.
Acción

1. Organice la prevención.

  • El empresario debe tomar las decisiones oportunas, necesarias y precisas, así como de facilitar los recursos para que la prevención sea efectiva.
2. Cuente con los trabajadores.
  • Haga partícipes a sus trabajadores de las decisiones preventivas. Es clave para su integración.
3. Actúe frente a los riesgos.
  • Solo poniendo en práctica y comprobando la efectividad de las medidas preventivas se consigue que éstas tomen verdadero valor.
  • Haga revisiones periódicas de seguridad, así podrá comprobar la eficacia de las medidas preventivas adoptadas y subsanar las desviaciones detectadas.
4. Facilite la información y formación
necesarias a los trabajadores.
  • Con la información, el trabajador sabe qué hacer y por qué, con la formación aprende a hacerlo y con la participación se implica en hacerlo todo de la mejor manera posible.
5. Anticípese a los cambios.
  • Planifique y controle los cambios, esto le ayudará a minimizar los riesgos derivados de los mismos.
  • Garantice la seguridad y salud de los trabajadores contratados por Empresa de Servicios Temporal (EST). Una adecuada coordinación entre la empresa usuaria y la EST es fundamental.
6. Cuide la salud de los trabajadores.
  • Utilice los resultados de la vigilancia de la salud para mejorar la evaluación de riesgos y la planificación preventiva.
7. Investigue los daños para
evitar su repetición.
  • Investigue los accidentes de trabajo y tome las medidas adecuadas para evitar que se vuelvan a producir hechos similares.
  • Notifique los accidentes de trabajo, la relación de accidentes sin baja médica y aquellos cuya comunicación tenga carácter de urgencia.
8. Prevea la actuación frente
a las emergencias.
  • Planifique las actuaciones en caso de emergencia en su empresa. Elabore un procedimiento de trabajo para actuar rápida y eficazmente frente a las mismas.
  • Adopte las medidas adecuadas y dé las instrucciones necesarias a los trabajadores para que puedan interrumpir su actividad en caso de peligro grave, inminente e inevitable.
9. Verifique que está haciendo
las cosas bien.
  • La auditoría refleja la realidad en un momento determinado para poder mejorarla.
10. Gestione eficazmente la prevención de
riesgos laborales, documente lo necesario.
  • La documentación no es un fin, es un medio para conseguir una adecuada integración de la prevención en la empresa.
  • La prevención es una tarea diaria en la que participamos y nos beneficiamos todos.

Fuentes: Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo (INSSBT), O.A., M.P. Directrices para la gestión preventiva en las pymes. www.inssbt.es

 




Lecciones aprendidas

Un encofrador fallece en una
obra al caer por un hueco de escalera


Trabajo que realizaba

El operario trabajaba como encofrador en una empresa dedicada a la ejecución de estructuras de edificios de hormigón armado.

En ese momento se encontraba con otros compañeros de cuadrilla, trabajando en unos pilares situados en el perímetro de un hueco horizontal de unos 2,6 x 2,6 metros que conformaba la caja de la escalera de la planta baja a la primera planta.

Para ello, disponían de planchas de chapa de 3 x 0,70 metros que colocaban alrededor de la ferralla del pilar.  Una vez montando uno de los pilares, se disponía a montar el siguiente con ayuda de otro compañero.

Accidente

Al trasladar las chapas de encofrado hasta acercarlas a la ubicación del nuevo pilar, el operario sufre un desequilibrio al pisar un objeto, que le hace caer por la abertura de unos 3 metros de altura, ya que estaba situado al borde del forjado.

El accidentado se precipitó hasta la planta baja sobre unas esperas de acero de la estructura de la escalera de la planta. Como consecuencia de la caída el trabajador fallece debido a las heridas que los hierros le producen en el momento del impacto.

Otras circunstancias relevantes

  • Debe señalarse que era el primer día de trabajo de la cuadrilla de encofradores, que habían sido contratados el día anterior. Estos empezaron su actividad el mismo día del accidente.
  • La empresa del trabajador es subcontratista de la empresa constructora que actúa como promotor - constructor de esta urbanización y de las viviendas. La empresa constructora tiene a su cargo su personal, con un encargado y un jefe de obra, que dirigen la actividad constructora, tanto de la obras realizadas por ellos, como de las subcontratas.
  • El plan de seguridad y salud de las obras es de tipo general, sin precisión del documento que lo relacione con la obra. Respecto a los riesgos de caídas a distintos niveles en huecos de forjados, el plan indica que “cuando se realizan trabajos simultáneos en niveles superpuestos, se protegerá a los trabajadores de los niveles inferiores y a terceros con redes, viseras o elementos de protección equivalente.”
  • Los huecos de escalera de la obra estaban todos desprotegidos. Se supone un bajo perfil de la política preventiva de la empresa.
  • Las labores de coordinación preventiva entre la empresa principal y sus subcontratistas no se documentó.
  • Existe por parte de la empresa principal constructora, revisiones periódicas a la obra, dejando en ellas constancia de las deficiencias detectadas por escrito, con repetidas órdenes sobre el mismo concepto, y destacando fallos graves de protecciones colectivas. Por ejemplo, no están instaladas redes de protección en el perímetro de la obra, falta de protección en mesas de corte, etc.
  • En la evaluación de riesgos de la empresa subcontratada a la que pertenecía el accidentado, se indicaba que “para evitar o disminuir el riesgo (de caída a distinto nivel) se deberán tomar las siguientes medidas: uso de redes horizontales, redes con horcas, etc."
  • El riesgo cuya materialización originó este accidente de trabajo, sí se había incluido en la evaluación de riesgos para este puesto de trabajo específico de encofrador.
  • La empresa no documenta haber proporcionado adecuada formación e información preventiva sobre riesgos cuya materialización originó este accidente y sobre las medidas preventivas tendentes a evitar su materialización.
  • La empresa subcontratista tenía varios antecedentes de accidente en esa obra.
  • Las medidas propuestas por parte de la empresa principal constructora no se habían subsanado.

Causas


Del análisis de los datos y descripciones recogidas, se deducen las siguientes causas del accidente:

  • Procedimientos inexistentes, insuficientes o deficientes para la coordinación de actividades realizadas por varias empresas.
  • Medidas preventivas propuestas en el plan de seguridad y salud en el trabajo en obras de construcción insuficientes inadecuadas.
  • No ejecución de medidas preventivas propuestas en la planificación derivada de la evaluación de riesgos.
  • Aberturas y huecos desprotegidos. Ausencia de medidas de prevención y protección colectiva frente a los riesgos de caída de personas, como barandillas perimetrales, redes de protección bajo los encofrados y en los huecos horizontales o medidas similares.
  • Formación e información inexistente sobre riesgos o medidas preventivas.
  • Posible riesgo en la manipulación manual de carga por ser demasiado pesada, grande y difícil de sujetar, teniendo también en cuenta que el suelo es irregular y, por tanto puede dar lugar a tropiezos.
  • Deficiente mantenimiento de la obra respecto al estado de orden y limpieza.

Pudo haberse evitado

Este accidente mortal pudo haberse evitado si los huecos y aberturas existentes en los pisos de la obras se hubieran protegido mediante barandillas u otro sistema de protección colectiva de seguridad equivalente.

Por otro lado, deberían haberse adoptado medidas para evitar la manipulación manual de las planchas de chapa. En la mayoría de los casos es necesario la utilización de grúas para su traslado y montaje. En cualquier caso, se debieron tomar medidas tanto de orden y limpieza como de organización para reducir el riesgo que entrañaba dicha manipulación.

Las empresas tendrían que haber observado los resultados de las revisiones periódicas de la obra, en las que se destacaban fallos graves en relación con las protecciones colectivas.

Tanto el coordinador de seguridad y salud de la obra como los encargados de la contratación, deberían velar por el correcto e inmediato cumplimiento de las actividades preventivas y haber adoptado las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas.

En aplicación del estudio de seguridad y salud, el contratista tendría que haber elaborado un plan de seguridad y salud en el que se analizaran y desarrollaran específicamente las previsiones contenidas en el estudio, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.

La empresa contratista y la subcontratista debieron garantizar que el trabajador recibiera una información adecuada de todas las medidas que tenían que adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y su salud en la obra.

Por último, tendrían que haberse cumplido las obligaciones respecto a coordinar las actividades de la obra durante su ejecución. Ello hubiese garantizado que el contratista y la empresa subcontratistas aplicaran de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva.

Fuente: Junta de Andalucía, España.





Temas de interés RUC®

Comité de contratistas RUC®


El RUC® es monitoreado y apoyado por la Industria a través de los diferentes comités que lidera el Consejo Colombiano de Seguridad (CCS), espacios donde proporciona soporte y aval técnico de las actividades desarrolladas.

Uno de estos es el Comité de Contratistas RUC® que integra a las diferentes empresas de sectores industriales, inscritas y activas con el Registro Uniforme de Contratistas para la Evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad, Salud en el Trabajo y Ambiente RUC®.

El Comité de Contratistas RUC® tiene como objetivo el compartir conocimientos, conceptos, experiencias, proyectos y expectativas para contribuir a formular soluciones conjuntas con los retos del sector en materia de SSTA. La estrategia del Comité de Contratistas RUC® se fundamenta en:

  • Fortalecimiento técnico en SSTA.
  • Solución a problemáticas comunes con el objeto de contribuir al crecimiento organizacional y la viabilidad económica del país.
  • Mejoramiento continuo.

Su misión abarca la promoción de iniciativas para la gestión integral de riesgos y la adopción de las mejores prácticas a través de la colaboración entre pares.

Quiénes hacen parte del Comité de Contratistas RUC®

Todas las empresas contratistas del RUC® pueden participar activamente de las reuniones mensuales que realiza el Comité de Contratistas RUC®. Este año hemos contado con la participación de múltiples empresas como:

  • Asesores de Servicios y Protección ASEP Ltda.
  • AB Proyectos
  • AB Procol
  • ACT Telemática
  • Adispetrol
  • Aplicar Ingeniería
  • Baker Hughes GE
  • Mecánicos Asociados S.A.S.
  • Estrella International

 

 

  • Meyan S.A.
  • Sodexo S.A.
  • Termotecnica Co Industrial
  • Novomet
  • Bobinados Electrooriente
  • Clariant
  • Aggreko
  • Qmax Solutions
  • Alkhorayec
  • ATP Ingeniería
  • Gecolsa

Actualmente, actúan como representantes del Comité de Contratistas RUC® ante otros comités e instancias las empresas Baker Hughes - GE y Mecánicos Asociados S.A.S.

Logros del Comité de Contratistas RUC®

El Comité de Contratistas RUC® trabaja permanentemente en la generación, revisión o actualización de acciones, procedimientos y/o estándares, entre otros, que le apunten a la sostenibilidad en materia de HSE, al desarrollo de conocimiento, al acompañamiento técnico, aseguramiento de procesos, revisión de iniciativas legislativas, entre otras actuaciones que lo impulsen a ser un comité influenciador para alcanzar los mejores resultados.

Entre otras acciones de 2018, el comité ha impulsado: 

  • Socialización y divulgación de prácticas exitosas y lecciones aprendidas entre pares.
  • Revisión detallada de regulaciones y/o estándares actuales que influyen en la implementación de los sistemas de gestión, entre otros como:
  • Resolución 1111 de 2017. Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y contratantes.
  • ISO 45001. Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Sistema Globalmente Armonizado.
  • Elementos de protección personal.
  • Resolución 1231 de 2016 .Guía para la Evaluación del Plan Estratégico de Seguridad Vial.
  • Desarrollo del foro “Estabilidad laboral reforzada y manejo de casos críticos de incapacidad”, foro “Alcance y ABC del Plan Estratégico de Seguridad Vial”, análisis a normatividad en acoso laboral y riesgo psicosocial con el apoyo de profesionales expertos en estos temas.
  • Revisión permanente de procedimientos y herramientas en la evaluación del RUC®, así como la generación de propuestas que aporten valor para el mejoramiento del estándar.

Estas son algunas de las acciones donde activamente participan las empresas Contratistas del RUC®. Por esto y muchos más, lo invitamos a inscribirse o renovar su inscripción no sólo con el RUC® sino a ser parte activa de nuestro Comité de Contratistas RUC®.

Para mayor información puede contactarnos a nuestra línea en Bogotá 288 6355 opción 8 o a través de nuestro correo servicioalcliente.ruc@ccs.org.co también, a través del contacto Jorge Olave, Coordinador de Comités Sectoriales al correo comitesectoriales@ccs.org.co

 



Nuevos inscritos

Empresas inscritas al RUC®


El Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) le da la bienvenida a sus nuevas empresas inscritas. Esperamos que el trabajo en equipo contribuya a hacer del país un lugar más seguro y productivo para los trabajadores y el sector empresarial.

RUC® Hidrocarburos

Nombre Actividad económica Ciudad
WSP Proyectos S.A.S. Actividades de consultaría de gestión. Bogotá
Kernel Energy S.A.S. Zomac Actividades de telecomunicaciones alámbricas. Arauca
Meltec Comunicaciones S.A. Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo N.C.P Bogotá
SM Ingenieros S.A.S. Construcción de otras obras de ingeniería civil. Bogotá
Burotec S.A.S. Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica Bogotá
Petroleros Asociados S.A. Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural Bogotá

Alpecorp Colombia S.A.S.

Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo N.C.P. Bogotá
Dragon Petroleum Technologies Colombia S.A.S. Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural. Bogotá
Aqua & Terra Consultores Asociados S.A. - A & T S.A. Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica Medellín
Control Calidad & Servicios S.A.S Construcción de otras obras de ingeniería civil Arauca
Creating Ideas S.A.S. Fabricación de artículos de plástico N.C.P. Bogotá

RUC® Otros Sectores

Nombre Actividad económica Ciudad
Holcim
Minestrone S.A.S. Catering para eventos Chía
Mexichem
Operaciones Integrales del Caribe S.A.S. Mantenimiento y reparación especializada de maquinaria y equipo. Santa Marta


Capacitación y eventos

Guía RUC®: Herramienta para el cumplimiento del
decreto 1072 y los estándares mínimos


A continuación, se presenta el cronograma de capacitaciones para el mes de julio:

FECHA CIUDAD TEMA HORARIO LUGAR INSCRIPCIONES
12 WebEx

Fortalezca la Administración de Proveedores y Contratistas  desde el enfoque que nos presenta el decreto 1072

9:00 a.m. - 11:00 a.m.

Nacional por Conexión

ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2

27 Bogotá Guía RUC®: Herramienta para el cumplimiento del decreto 1072 y los estándares mínimos 8:00 a.m. - 12:00 a.m.

Carrera 20 No. 39-52
Auditorio -  CCS

ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2
30 Barranquilla

Manipulación Manual de Cargas

2:00 p.m. - 5:00 p.m.

Hotel Eslait
Carrera 53N No. 72-27
Salón Ejecutivo

ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2

*La programación está sujeta a cambios.

Síganos en redes sociales

Entérese de primera mano sobre actualizaciones, buenas prácticas y recomendaciones para la gestión de los riesgos laborales y ambientales en su empresa.

  @consejocolombianodeseguridad
     
 

@RUC_CCS

@CCS_Colombia

     
  CCSColombia
     
  Consejo Colombiano de Seguridad - CCS



Actualización legal en SSTA

Resolución 2423 del 08 de Junio 2018



 

Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral.


Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los parámetros técnicos para la operación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, así como las especificaciones técnicas de higiene, salubridad y dotación mínima que estas deben tener.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a:
2.1. Las entidades públicas de orden nacional y territorial del sector central y descentralizado.
2.2. Las empresas privadas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes o aquellas con capitales inferiores con más de 50 empleadas.
2.3. Las secretarías de salud del orden municipal y distrital, o entidades que hagan sus veces en el nivel territorial
Artículo 3°. Requisitos generales. Para la operación de la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, las entidades de que tratan los numerales 2.1 y 2.2 del artículo anterior, deben cumplir con los siguientes requisitos generales…  Descritos en el presente numeral…”


Decreto 948 del 31 de Mayo de 2018

¨ Por el cual se modifican los artículos 3.2.3.9. y 3.2.3.11. del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con los plazos para la utilización obligatoria de la planilla electrónica”

 

Artículo   1. Modificación del artículo 3.2.3.9. del Decreto 780 de 2016. Modifíquese el artículo 3.2.3.9. del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, el cual quedará así:

  1. Los aportantes y los pagadores de pensiones cuyo número de cotizantes y/o pensionados se encuentren en la siguiente tabla, deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas… (Ver tabla del artículo).

    Los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con 1 o 2 cotizantes y aquellos que cuenten con hasta 4 cotizantes en los municipios de categoría 5 y 6, podrán utilizar para el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales: SENA, ICBF y las cajas de compensación familiar, cualquier modalidad de planilla, bien sea electrónica o asistida.

  2. Los cotizantes independientes cuyo ingreso base de cotización se encuentre en la siguiente tabla deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas.. (Ver tabla del artículo).

    Los cotizantes independientes con ingreso base de cotización menor a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes y aquellos cuyo ingreso base de cotización sea mayor o igual a 2 e inferior a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, residentes en municipios de categorías 5 y 6 podrán utilizar para el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales cualquier modalidad de pago, bien sea electrónica o asistida.


La anterior información se presenta exclusivamente con fines informativos, recuerde consultar el contenido completo de la norma

 


 
 
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