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Boletín
RUC®al día
Marzo 8 de 2018 - Año 7 No. 65


Actualidad

Estructuras, armaduras, armazones, encofrados y construcciones


Recomendaciones generales de seguridad

 
  • El montaje o desmontaje de edificios, estructuras de ingeniería civil, encofrados, apuntalamientos y entibaciones solo deben realizarse por trabajadores capacitados bajo la supervisión de una persona competente.
  • Deben tomarse precauciones adecuadas para proteger a los trabajadores de los riesgos que entrañe la fragilidad o inestabilidad temporales de una obra.
  • Los encofrados, apuntalamientos y entibaciones deberían estar diseñados, construidos y mantenidos de manera que puedan soportar con toda seguridad todas las tensiones a las que puedan estar sometidos.
  • Los encofrados deberían ser diseñados y montados de tal manera que las plataformas de trabajo, los medios de acceso, apuntalamiento, manejo y estabilización puedan fijarse fácilmente.

Montaje y desmontaje

  • Debe asegurarse la máxima protección posible a los trabajadores ocupados en el montaje y desmontaje de estructuras o armaduras metálicas y prefabricadas, a la utilización de medios apropiados como:
  • Escaleras de mano, pasarelas o plataformas fijas;
  • plataformas, cuévanos, guindolas u otros medios adecuados suspendidos de aparatos elevadores;
  • arneses de seguridad y cables salvavidas, redes o plataformas de protección;
  • plataformas de trabajo móviles de tracción mecánica.
  • Las armaduras y estructuras metálicas o prefabricadas deben diseñarse y fabricarse de forma que puedan transportarse y montarse sin peligro y, si así lo disponen las leyes o reglamentos nacionales, en cada uno de los elementos debe marcarse claramente su peso.
  • Al proceder al diseño de los distintos elementos de una estructura o armadura debe tenerse  en cuenta, además de la necesidad de que cada elemento sea estable una vez instalado:
 
  • las condiciones y métodos de sujeción y fijación aplicables en las operaciones de desencofrado, transporte, almacenamiento y apuntalamiento provisional durante el montaje y desmontaje;
  • la instalación de dispositivos de protección adecuados, como barandillas y plataformas de trabajo y, en caso necesario, los medios para montarlos fácilmente en las estructuras y armaduras metálicas o prefabricadas.
  • Los ganchos, anillas y demás dispositivos integrados o encastrados en las estructuras y armaduras metálicas o prefabricadas para poder izarlas y transportarlas deberían situarse y tener formas y dimensiones de tal índole que:
  • puedan soportar con un margen de seguridad suficiente los esfuerzos a que serán sometidos;
  • no impongan a ningún elemento esfuerzos que puedan provocar roturas, ni limiten la resistencia de la construcción prevista en los cálculos y estén concebidos de forma que puedan desprenderse fácilmente del aparato elevador. Los puntos desde donde se icen unidades o secciones de escaleras o de entarimados u otros recubrimientos del piso, deberían estar colocados en nichos o de otro modo, de forma que no sobresalgan por encima de la superficie;
  • se eviten el desequilibrio o las distorsiones de la carga izada.
  • Las partes y elementos de hormigón prefabricados no deberían desencofrarse o montarse antes de que se haya fraguado y endurecido suficientemente el hormigón en la forma prevista en los planos, ni sin procederse a su examen antes de utilizarlos para ver si hay algún presunto defecto que sea indicio de fragilidad.

Los lugares de almacenamiento deberían construirse de manera que:

      • no haya riesgo de que se caigan o vuelquen las partes o elementos de las estructuras y armaduras metálicas prefabricadas;
      • ofrezcan, en general, garantías de estabilidad y permitan evitar todo daño, debido al sistema de almacenamiento y a las condiciones atmosféricas.
      • los chasis de sostenimiento se apoyen en suelo firme y se construyan de forma que ninguna parte o elemento dispuesto sobre ellos pueda moverse accidentalmente.
  • Durante el almacenamiento y las operaciones de transporte, izado e instalación, las partes y elementos de las estructuras y armaduras metálicas o prefabricadas no deben ser sometidos a esfuerzos o tensiones que puedan poner en peligro su estabilidad.
  • Para las operaciones de izado deben utilizarse ganchos de seguridad, como por ejemplo, los de cierre automático y debe marcarse en ellos la carga máxima admisible.
  • Los trabajadores deben ser convenientemente informados acerca de las condiciones en que se procederá a las operaciones de almacenamiento, transporte, izado de las partes y elementos de las estructuras y armaduras metálicas o prefabricadas, así como sobre los medios necesarios y los métodos utilizados para tales operaciones. Antes de empezar la instalación debe celebrarse una reunión de todos los responsables en la materia para discutir y determinar los requisitos de seguridad que deben observarse durante las operaciones.
  • No debe trabajarse en las estructuras o armaduras en caso de vientos fuertes, tormentas violentas o si están cubiertas de hielo, nieve o están resbaladizas por otras causas.
 

Fuente: Guía seguridad y salud en la construcción. Oficina Internacional de Ginebra. http://www.ilo.org




Lecciones aprendidas

Accidente grave por caída de páneles de encofrado


Trabajo que realizaba


El accidentado se encontraba trabajando en la obra de construcción de un vertedero para facilitar el correcto discurrir del agua por los arroyos. La tarea del accidentado consistía en desencofrar un pequeño muro de hormigón que serviría de contención de tierras y como baranda de un puente ubicado encima de la tubería.

El encofrado de las caras del muro estaba constituido por unos páneles de encofrado con marcos de acero, otro colocado encima, disponiendo además, de un pequeño tablero en el canto lateral del muro.

En el momento del accidente ya estaba retirado el encofrado de la cara interior del muro. El encofrado de la cara exterior permanecía adherido al muro y clavado entre sí por puntas, que descansaba por un lateral sobre el extremo de la tubería de hormigón y el tablero del canto. También se había retirado los puntales que estaban colocados como tornapuntas para sujetar los tableros. El accidentado se encontraba metido en una zanja por el que fluían las aguas y subido en la pendiente del mismo, situado frente al encofrado de la cara exterior del muro y en situación similar a la que se observa en la imagen 1, quitando las puntas clavadas en el tablero del lateral del muro.

Imagen 1. Vista del lugar del accidente, esquematizando la situación del momento de los hechos

 

Accidente


El accidente se produjo por la caída del encofrado del muro de hormigón armado, constituido por dos páneles con un peso aproximado de 180 kg con resultado de golpe y aplastamiento, con fracturas en tibia y peroné de la pierna derecha y lesiones múltiples en la cabeza.

Al tratar de quitar la última punta, fue cuando resbaló y se agarró al tablero de encofrado para tratar de mantener el equilibrio y no caerse, momento en que se le vino el encofrado encima y le cayó sobre la pierna derecha, tratando de mantenerlo en pie para que no se volcase encima suyo, hasta que ya no pudo aguantarlo más y cayó sobre él (aproximadamente 180 kg) golpeándole y atrapándole la cabeza contra la pendiente opuesta de la zanja a la que él estaba (imagen 2) ocasionándole las lesiones.


Imagen 2. Vista del lugar del accidente, esquematizando la situación tras el mismo.

 

Otras circunstancias relevantes

Justo antes del accidente habían retirado el apuntalamiento que sujetaba o mantenía en equilibrio el encofrado exterior del muro de hormigón, el cual permanecía en una situación de equilibrio inestable manteniéndose tan solo un poco pegado al muro y casi la mitad del mismo en reborde, por lo que prácticamente no necesitaba ningún golpe o tirón para alterar su equilibrio.

Según se manifiesta, tanto el montaje como el desmontaje (desencofrado) de los páneles de encofrado de muros suelen hacerlo con la ayuda de la pluma del camión. Los  páneles están sujetos con eslingas de cadenas hasta que están colocados y seguros, operación que hacen en sentido inverso para desmontarlos, sujetando los páneles antes de retirar la fijación o apuntalamiento, procedimiento que no ejecutaron en el momento del accidente, al parecer, "porque el camión no había llegado cuando iniciaron el desencofrado y no iban a estar parados mientras llegaba".

Causas

De los análisis de los datos y descripciones recogidos en los apartados recedentes, se deducen las siguientes causas del accidente:

  • Pavimento deficiente o inadecuado (discontinuo, resbaladizo, inestable, con pendiente excesiva, etc.).
  • Método de trabajo inexistente.
  • Trabajos solitarios sin las medidas de prevención adecuadas.
  • Ausencia de vigilancia, control y dirección de persona competente.
  • Instrucciones inexistentes.
  • Formación / información inadecuada o inexistente sobre la tarea.
  • No poner a disposición de los trabajadores las máquinas, equipos y medios auxiliares necesarios o adecuados.
  • Inexistencia o insuficiencia de un procedimiento que regule la realización de las actividades dirigidas a la identificación y evaluación de riesgos, incluidas las referidas a los estudios requeridos en las obras de construcción.
  • Deficiencias en la organización de los recursos obligatorios (organización preventiva) para la realización de las actividades preventivas exigidas por la normativa.
  • No identificación de los riesgos que han materializado el accidente.

Podría haberse evitado

  • Los encofrados y apuntalamientos tienen que montarse y desmontarse bajo la vigilancia, control y dirección de una persona responsable, estableciéndose procedimientos de trabajo para la ejecución de tales tareas.
  • En cualquier caso, antes de realizar las tareas de desencofrado, debería haberse hecho una inspección ocular al objeto de detectar la posible incidencia que tales tareas puedan tener sobre el desencofrador, otros trabajadores u otras tareas que se estén realizando, al objeto de advertir y tomar las medidas preventivas oportunas que garanticen la seguridad de los operarios afectados.
  • Los puestos de trabajo en las obras en el exterior situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables. Para el montaje o desmontaje de encofrados debieron instalarse las plataformas o andamios necesarios para evitar el riesgo de caída a distinto nivel del trabajador.
  • Tendrían que haberse adoptado las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de las cargas demasiado pesadas. En particular, los páneles prefabricados para el encofrado deben manipularse con equipos tipo camión con grúa autocargante, grúa móvil autopropulsada, etc.
  • Antes de retirar la sujeción o apoyo (tornapuntas o puntales) de los páneles de encofrado éstos deberían estar sujetos mediante mordazas y eslingas cogidas a la pluma del camión que en este caso las iba a transportar, o medida similar.
  • No tendría que haberse permitido la ubicación de operarios en el radio de acción o zona de influencia de cualquier elemento que no tenga garantizada su estabilidad e inmovilidad y donde existan riesgos de movimientos indeseados de dichos elementos (deslizamientos, vuelcos, basculamientos, etc.) que pueda ocasionar daños a la salud de los trabajadores.
  • Los trabajadores deberían haber recibido la formación e información necesaria y adecuada a sus puestos de trabajo o funciones en relación con los riesgos para la seguridad y salud de los mismos y, con las medidas preventivas aplicables a los riesgos señalados.

Fuente: http://www.juntadeandalucia.es





Temas de interés RUC®

Informe desempeño de los contratistas RUC® 2017


El Consejo Colombiano de Seguridad realizó un análisis de los resultados obtenidos por todas las empresas que fueron evaluadas durante el año 2017 en el RUC®, con el fin de identificar tendencias y oportunidades de mejora de los niveles alcanzados.

Principales logros de nuestras empresas:

  • Disminución de las tasas de accidentalidad.
  • Minimización del riesgo de sanciones por incumplimiento a la normatividad en SSTA.
  • Administración efectiva del riesgo.
  • Promoción de buenas prácticas de seguridad y salud laboral.
  • Implementación de mejores prácticas ambientales.
  • Posibilidad de obtener nuevos contratos y prestar servicios para grandes empresas.
  • Elevar sus niveles de competitividad.
  • Elevar el nivel de los estándares de SSTA.

Cifras de interés

Auditorías realizadas en el periodo 1998 – 2017

Para el año 2017 se realizaron un total de 1.778 Auditorías RUC® a nivel nacional. El 75% de estas auditorías (1.338 auditorías) se realizaron en empresas que prestan servicios para el sector de hidrocarburos y el 25% restante (440 auditorías) en empresas que prestan servicios para los sectores de minería, cemento, eléctrico, transporte, alimentos y químicos principalmente.

Línea de tiempo de niveles de cumplimiento promedio

El promedio de desempeño de las empresas auditadas es de 87,5%, encontrando las empresas de Hidrocarburos por encima de esta media.

Los departamentos con mayor número de auditorías realizadas fueron Cundinamarca, seguido de Atlántico, Antioquia, Valle del Cauca, Casanare y Santander. La actividad económica más frecuente en los contratistas del RUC® fue la construcción seguido de transporte.

Distribución por tamaño de empresa

El RUC® se evalúa con la misma exigencia en todo tamaño de empresa, siendo la pequeña y mediana empresa las organizaciones con mayor representatividad.

Resultados por elemento

El mejor desempeño se observa para el numeral de “liderazgo y compromiso gerencial “y las principales oportunidades de mejora se encuentran en el elemento “evaluación y monitoreo”. Realizando un análisis detallado numerales del RUC® con mayor número de desviaciones fueron:

  • 2.2 Requisitos legales y de otra índole
  • 4.5 Seguimiento a requisitos legales
  • 4.3 Acciones correctivas y preventivas
  • 3.2.1 Administración  de contratistas y proveedores
  • 4.4 Inspecciones de seguridad
  • 3.2.3 Programas de gestión de riesgos prioritarios
  • 4.1 Incidentes de trabajo y ambientales
  • 1.2 Elementos visibles del compromiso gerencial
  • 3.2.7 Planes de emergencia
  • 3.2.4 salud en el trabajo

Oportunidades de mejora

Requisitos legales y de otra índole 

  • Fallas en la identificación de requisitos legales y de otra índole aplicable en SSTA deficiencias relacionados también con el análisis, periodicidad de revisión,  planes de acción, divulgación y evaluación del cumplimiento.
  • Inexistencia o desactualización de la matriz de requisitos legales en materia ambiental.
  • Deficiencia en la identificación, análisis o evidencia de cumplimiento sobre:
    • Resolución 4927 de 2016 (curso de 50 horas SST) 
    • Decreto 1990 de 2016 (pago de aportes).
    • Resolución 1409 de 2012 (trabajo seguro en alturas, plan de rescate)
    • Resolución 1401 de 2007 (investigación de Incidentes y A.T)
    • RETIE
    • Políticas de acoso laboral
    • Funcionamiento del Comité de convivencia laboral
    • Resolución 2346 de 2008 (riesgo psicosocial)
    • Resolución 2346 de 2007(evaluaciones médicas ocupacionales)
    • Decreto 4741 de 2005 (disposición de residuos)
    • Inventario de residuos peligrosos

Acciones correctivas y preventivas

  • Falta gestión para el cierre a las no conformidades detectadas en auditorías anteriores del CCS.
  • Falta de análisis de las no conformidades a fin de identificar la causa raíz para su efectivo cierre.
  • Ausencia de procesos de valoración del riesgo antes de la implementación de acciones correctivas y preventivas.
  • Ausencia de  acciones preventivas a no conformidades potenciales.
  • No se comunican las acciones correctivas y preventivas en SSTA tomadas.

Administración de contratistas y proveedores

  • Establecimiento de criterios en SSTA en el procedimiento de selección y evaluación de proveedores deficientes.
  • Deficiencias en las evidencias de selección y/o comunicación y/o evaluación y/o seguimiento sobre el desempeño de los contratistas y proveedores.
  • Deficiencias para asegurar la cobertura a todos los contratistas y proveedores.

Para mayor información puede consultar nuestra línea 288 6355 opción 8 o a través de nuestro correo servicioalcliente.ruc@ccs.org.co 

 



Nuevos inscritos

Empresas inscritas al RUC®

El Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) le da la bienvenida a las nuevas empresas inscritas. Esperamos que el trabajo en equipo contribuya a hacer del país un lugar más seguro y productivo para los trabajadores y el sector empresarial.

RUC® Hidrocarburos

Nombre Actividad económica Ciudad
Vecctor soluciones con dirección y magnitud S.A.S. - Vecctor S.A.S. Comercio al por mayor de equipos y telecomunicaciones Arauca
Restrepo Pérez Jorge Diego - Servicio de Torno Yopal Fabricación de otros productos elaborados de metal N.C.P. Yopal
GYG Ingeniería ING S.A.S. Construcción de otras obras de ingeniería civil Medellín
Petro Star Services de Colombia S.A.S. Transporte de carga (carga seca) Barrancabermeja
Selcicen S.A.S. Construcción de carreteras y vías de ferrocarril Barrancabermeja
Rotofibra Ltda. Fabricación de artículos de plástico N.C.P. Cartagena
Water Technologies & Solutions S.A.S. Fabricación de otros productos químicos N.C.P. Bogotá
Tob Services S.A.S. Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural Yopal
AP Ingeniería SAS Actividades de servicios de sistemas de seguridad Barranquilla
Suministros y Servicios 1 A S.A.S. Mantenimiento y reparación especializada de productos elaborados en metal Barrancabermeja
Technical Solutions for Desing S.A.S. Actividades especializadas de diseño Bogotá
Petroservices Company S.A.S. Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural Chía
Construcciones Datars S.A.S. Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil Yopal
Kobalt S.A.S. Comercio al por mayor de otros productos N.C.P. Bogotá
Construservicios D.P.H. S.A.S. Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil Barrancabermeja

 

RUC® Otros Sectores

Nombre Actividad económica Ciudad
Corona
Tecnolimpieza más y más limpio S.A.S. Otras actividades de limpieza de edificios e instalaciones industriales Envigado


Capacitación y eventos

Seguridad en trabajos eléctricos


Prográmese con las capacitaciones virtuales que el RUC® le ofrece este mes.

MARZO CIUDAD TEMA HORARIO LUGAR INSCRIPCIONES
8 WebEx

Plan Estratégico de Seguridad Vial: Alcance – Evaluación - Responsabilidades

9:00 a.m. - 11:00 a.m.

Nacional por Conexión

ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2

9 Cali Guía RUC®: Herramienta para el cumplimiento del decreto 1072 y los estándares mínimos 2:00 p.m. - 5:00 p.m. ANDI – Seccional Valle del Cauca Calle 15 No. 36-110 Autopista Cali – Yumbo ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2
15 WebEx

Administración Eficaz de las Acciones Correctivas y Preventivas en mi SG-SSTA

9:00 a.m. - 11:00 a.m.

Nacional por Conexión

ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2

16 Bogotá Seguridad en Trabajos Eléctricos 8:00 a.m. - 11:00 m Carrera 20 No. 39-52 Auditorio - CCS ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2
23 Bogotá Guía RUC®: Herramienta para el cumplimiento del decreto 1072 y los estándares mínimos 8:00 a.m. - 12:00 m Carrera 20 No. 39-52 Auditorio - CCS ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2
26 Barranquilla Seguridad en Trabajo Eléctricos 2:00 p.m. - 5:00 p.m. Pendiente confirmar ruc@ccs.org.co
Teléfono 2886355
opción 8 – opción 2

*La programación está sujeta a cambios.

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Entérese de primera mano sobre actualizaciones, buenas prácticas y recomendaciones para la gestión de los riesgos laborales y ambientales en su empresa.

  @consejocolombianodeseguridad
     
 

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@CCS_Colombia

     
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  Consejo Colombiano de Seguridad - CCS



Actualización legal en SSTA

Esté informado

Decreto 392 del 26 febrero de 2018

“Por el cual se reglamentan los numerales 1, y 8 del artículo 13 de la Ley 1618 de 2013, sobre incentivos en Procesos de Contratación en favor de personas con discapacidad.”

Artículo 1.  Adiciónese la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1 082 de 2015, la cual tendrá tres nuevos artículos con el siguiente texto:

"Articulo 2.2.1.2.4.2.6. Puntaje adicional para proponentes con trabajadores con discapacidad. En los procesos de licitaciones públicas y concursos de méritos, para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos…”

Artículo 2.2.1.2.4.2.7. Seguimiento durante la ejecución del contrato. Las entidades estatales a través de los supervisores o interventores del contrato según corresponda, deberán verificar durante la ejecución del contrato que los proponentes que resultaron adjudicatarios mantienen en su planta de personal el número de trabajadores con discapacidad que dio lugar a la obtención del puntaje adicional de la oferta. El contratista deberá aportar a la entidad estatal contratante la documentación que así lo demuestre.

Artículo 2. Vigencia. El presente decreto regirá a partir de su publicación y se aplicará a los procesos de contratación, cuyo aviso de convocatoria sea publicado a partir del 1 de junio de 2018.


Resolución 0280 del 12 de febrero de 2018

“Por la cual se reglamenta el uso de la Marca de Certificación de Calidad Turística”

Artículo 1º. Definiciones. Para efectos de esta reglamentación se establecen las siguientes definiciones:

Acreditación: Constancia mediante la cual el Organismo Nacional de Acreditación (ONAC), declara que un Organismo de Certificación tiene la competencia para llevar a cabo tareas específicas de evaluación de la conformidad.

Constancia: Declaración del Organismo de Certificación donde consta la decisión tomada después de revisar el cumplimiento de los requisitos especificados para cada norma técnica sectorial.

Calidad: Conjunto de características de un producto o servicio que le confieren la aptitud para satisfacer las necesidades del cliente.

Certificación: Constancia de tercera parte relativa a procesos, sistemas o personas.

Artículo 2 .Objetivo. Establecer el reglamento de Uso de la Marca de Certificación de Calidad Turística para la promoción de servicios y destinos turísticos para:

  1. Mejorar la calidad de los servicios turísticos ofrecidos en Colombia
  2. Crear una herramienta informativa y comercial para diferencial servicios turísticos que comparativamente presentan un mejor desempeño
  3. Promover un cambio hacia el consumo de servicios turísticos de óptima calidad
  4. Facilitar el acceso al mercado y mejorar la imagen de los servicios turísticos
  5. Incentivar la prestación de servicios turísticos de calidad
  6. Promover el uso y desarrollo de procesos, técnicas, y tecnologías de calidad aplicables al sector turístico.

 
La anterior información se presenta exclusivamente con fines informativos, recuerde consultar el contenido completo de la norma.

 


 
 
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cuyo asunto (subject) sea RETIREME a nidya.corzo@ccs.org.co.