Conducción segura
- Las lesiones ocasionadas por traumatismos en el tránsito son una de las principales causas de muerte y discapacidad en el mundo.
- La accidentalidad vial es un evento multicausal, siendo el factor humano el responsable exclusivo entre el 57.1% y el 76.5% de los accidentes. La combinación del error humano con el resto de los factores sitúa al primero en cifras que van del 92.6% al 94.9% de los accidentes.
- Las principales causas de los accidentes de tránsito se asocian con: la vía y el medio ambiente, el ser humano, el vehículo y diferentes combinaciones de los factores anteriores.
VARIABLES EN LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO
FACTORES |
FASE |
SER HUMANO |
VEHÍCULOS Y EQUIPOS |
ENTORNO |
Antes del choque |
Prevención de choques |
- Información
- Actitudes
- Capacitación
- Conocimiento de la reglamentación
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- Buen estado técnico
- Luces
- Frenos
- Maniobrabilidad
- Control de la velocidad
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- Diseño y trazado de la vía pública
- Limitación de la velocidad
- Vías peatonales
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Durante el choque |
Prevención de traumatismos durante el choque |
- Utilización de los dispositivos de retención.
- Uso de casco aprobado y abrochado
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- Calidad de los dispositivos de retención
- Otros dispositivos de seguridad
- Diseño protector contra accidentes
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- Objetos protectores contra choques
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Después del choque |
Conservación de la vida |
- Primeros auxilios
- Acceso a atención médica
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- Fácil acceso
- Riesgo de incendio
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- Servicio de socorro
- Congestión
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OTRAS RECOMENDACIONES QUE NO DEBEMOS OLVIDAR:
Medicamentos y conducción:
- Los medicamentos pueden disminuir el rendimiento psicomotor de la persona.
- Los medicamentos para la tos y analgésicos asociados a derivados naturales sintéticos de la morfina pueden producir euforia, sedación, vértigos o disminución global de las capacidades cognitivas.
- Se debe consultar siempre al médico cuando se consume una medicación antes de conducir un vehículo.
Alcohol y conducción
- El alcohol, en cualquier nivel de concentración en la sangre, no es compatible con la conducción de vehículos.
- Los efectos del alcohol dependen de muchos factores, como el tipo de bebida ingerida, la rapidez de la ingesta, el estado de repleción del aparato digestivo, el tipo de alimento ingerido, el peso de la persona, la cantidad de grasa corporal, sexo, edad, estado del hígado, presencia de afecciones médicas, sensibilidad personal de cada uno a los efectos del alcohol, entre otros. Los cálculos de las distancias se alteran, se resiente la atención y la toma de decisiones.
- No hay forma de reducir los efectos del alcohol sobre el organismo una vez ingerida la bebida. Las caminatas, comer chocolate, el café, los baños fríos o dormir “un poco”, no disminuyen los efectos del alcohol ni de la alcoholemia.
Somnolencia, fatiga y conducción:
- La somnolencia es una disminución de la vigilia que se puede presentar entre las 3 y las 5 de la madrugada, o cuando las horas de sueño son insuficientes.
- Esta disminución de la vigilancia hace que quien conduce se distraiga fácilmente, que aumente el tiempo de reacción, que se produzca una relajación muscular con imprecisión en los movimientos y lentitud de los mismos; también pueden haber microsueños, una percepción afectada del entorno y cambios de carácter, inquietud y agresividad.
- La fatiga modifica el comportamiento y la toma de decisiones, enlenteciendo en general todas las reacciones.
Los principales síntomas de fatiga son:
- Dificultad para concentrarse en la carretera.
- Parpadeo reiterado, pesadez de los ojos y visión borrosa.
- Sensación de tener los brazos dormidos.
- Movimientos continuos en el asiento sin encontrar una posición cómoda.
- Dificultad en la audición.
- Sensación de cabeza “pesada”.
Las enfermedades y la conducción:
- Los trastornos emocionales (problemas familiares, laborales, incidencias de tránsito, entre otros) pueden producir un estado de irritabilidad, ansiedad e impulsividad sumamente peligroso a la hora de conducir un vehículo. Este estado es muy frecuente y resiente en forma importante la conducción segura de un vehículo.
- Los trastornos psiquiátricos no son necesariamente un impedimento para manejar. Todo depende de la afección de cada persona en particular, que esté en tratamiento y compensada, que los fármacos o medicamentos prescritos por el profesional de salud no tengan efectos secundarios que deterioren la capacidad para conducir.
- Los trastornos del sueño conllevan un riesgo de accidentalidad elevado. Los más frecuentes son:
- Los pacientes con apnea del sueño tienen un riesgo relativo de sufrir un accidente de tránsito siete veces superior que la población sin apnea.
- Los otros trastornos del sueño son el insomnio crónico, narcolepsia y alteraciones del ritmo circadiano, las que representan el mismo riesgo de accidentalidad en el tránsito.
Fuente:
Guía para la conducción segura
http://www.montevideo.gub.uy/
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Vuelco de un dumper
Descripción del accidente
Se trataba de una obra de adecuación y mejora de una vía verde. La empresa había contratado la ejecución de los trabajos con una empresa de construcción y esta a su vez, lo había subcontratado con otra especializada en obra civil.
El trabajador llevaba unos días en la obra. Para transportar el material de construcción usaba un dumper provisto de pórtico antivuelco y cinturón de seguridad, aunque no lo llevaba puesto. El trabajo que realizaba era la limpieza y colocación de una capa de material a fin de igualar el terreno para la posterior pavimentación con una capa de hormigón.
La vía verde en restauración tenía una anchura de menos de 3 m en algunos tramos y discurría por una terraza conformada por un corte casi vertical con un desnivel de 2,5 m a un lado y un talud ascendente a otro. Cuando el trabajador accedió a ese lugar con el dumper, la estrechez del camino dejaba un espacio de apenas medio metro a cada lado del vehículo.
El camino no estaba señalizado ni protegido. Tampoco había ninguna medida derivada de la inestabilidad del terreno. El desnivel no asegurado (talud o entibado) y las lluvias de los días previos al accidente acentuaban la posibilidad de desprendimientos.
El accidente ocurrió cuando el vehículo bajaba por una curva cerrada donde además había un estrechamiento en el camino. Nadie le guiaba y el conductor por su cuenta debía maniobrar evitando salirse de la vía. Cuando el vehículo circulaba marcha atrás se produjo la caída y el vuelco del dumper.
El trabajador fue despedido del vehículo al no utilizar el cinturón de seguridad. Eso lo hubiera retenido en el interior del vehículo. Al final quedó atrapado bajo la barra trasera de la estructura antivuelco. El aplastamiento le ocasionó la muerte instantánea. No pudo determinarse si el terreno cedió antes o después de salirse el vehículo de la vía. Sin embargo, el tramo aún no había sido adecuado. Las abundantes lluvias recientes y la falta de talud o entibado de contención facilitaron el derrumbe parcial de la ladera.
Causas del accidente
Del análisis de los datos se deducen las siguientes causas del accidente:
- Falta de seguridad estructural, terreno sin consistencia. No se verificó la estabilidad del terreno acorde a la maquinaria a utilizar.
- Falta de entibación o taludes inadecuados.
- Ausencia de señalización, balizamiento, topes u otro tipo de delimitación de la zona de trabajo. Falta de señalización del borde del camino.
- Método de trabajo inexistente. Falta de organización del trabajo. La máquina empleada no era adecuada para el ancho de la vía y la insuficiente estabilidad del terreno por el que había que circular.
- Ausencia de vigilancia, control y dirección de persona competente. El empresario no veló por el uso efectivo del cinturón de seguridad.
- Falta de señalero, necesario para organizar la circulación del vehículo y el manejo de cargas.
- Medidas preventivas propuestas en el plan de seguridad y salud en el trabajo de la obra insuficientes.
- No ejecución de medidas preventivas propuestas en la planificación de seguridad y salud.
- Falta de control del cumplimiento del plan de seguridad y salud en construcción.
Pudo haberse evitado
La empresa no estableció un procedimiento de trabajo adecuado para las labores de extendido de la capa de material por el cual se impidiera la entrada de vehículos, concretamente el dumper, que era inapropiado para ese lugar.
Tampoco respetó la distancia de seguridad que debía haber con el desnivel lateral. Colocando unos topes se hubiera impedido el avance del dumper más allá de una distancia prudente al borde del desnivel.
De este modo se utilizó un equipo de trabajo inadecuado al trabajo que se tenía que realizar. No se garantizó la seguridad del trabajador que era el operario encargado del manejo de ese equipo. En el acta de infracción se determinó que el empresario no veló por el uso efectivo del cinturón de seguridad por parte del empleado. Se vulneraron las previsiones del plan de seguridad y salud de la obra, las obligaciones establecidas en normativa específica del país (España) sobre la seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo y sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Debido a las condiciones de trabajo hubiera sido necesario la presencia de una persona que le señalizara el recorrido hasta donde podía acceder y a partir de donde no podía realizar su camino por la existencia notoria del riesgo de vuelco. Ello supuso una infracción laboral en materia de prevención de riesgos laborales. Por la gravedad de los daños producidos y debido a la ausencia de cualquier tipo de instrucciones impartidas por el empresario para la realización de esas tareas, la sanción se graduó en su grado máximo.
Fuente: http://www.juntadeandalucia.es
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Nuevo beneficio RUC®: Auditoría a los Estándares Mínimos del SG-SST
Cada año, el Consejo Colombiano de Seguridad se renueva entregando nuevos beneficios a sus empresas aliadas y promoviendo de manera permanente el cumplimiento de los requisitos legales que aportan a la prevención de lesiones, al cuidado y bienestar de todos los trabajadores.
Por ello, a partir del mes de febrero de 2018 todas nuestras empresas inscritas al RUC® recibirán sin costo adicional un nuevo beneficio:
La evaluación de los Estándares Mínimos definidos para el Sistema de Gestión de Seguridad y salud en el Trabajo (SG-SST)
Es importante recordar que los estándares mínimos son el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento para todas las empresas o entidades señaladas en el campo de aplicación, pero en su implementación se ajusta, adecua y armoniza a cada empresa o entidad de manera particular, conforme al número de trabajadores, actividad económica, labor u oficios que desarrollen las empresas o entidades obligadas a cumplir dichos estándares.
De conformidad con la Resolución 1111 de 2017 y las fases de transición propuestas para el mejoramiento continuo del SG-SST, todas las empresas independientes de su nivel de riesgo, número de trabajadores, actividad económica, entre otros, deben realizar la autoevaluación de su sistema conforme los Estándares Mínimos.
Teniendo en cuenta que el fundamento del RUC® es el cumplimiento de los requisitos legales en seguridad, salud en el trabajo y ambiente (SSTA), nuestro modelo de evaluación permite interrelacionar los diferentes elementos evaluados en el RUC® con las obligaciones de ley.
A través del RUC®, su organización obtendrá un informe independiente sobre el cumplimiento de los Estándares Mínimos definidos para el SG-SST en relación a:
- Recursos (financieros, técnicos humanos y de otra índole)
- Capacitación
- Política
- Objetivos
- Evaluación inicial
- Plan anual de trabajo
- Conservación de la documentación
- Rendición de cuentas
- Normatividad en materia de SST
- Comunicación
- Adquisiciones
- Contratación
- Gestión del cambio
- Condiciones de salud en el trabajo
- Registro, reporte e investigación de las enfermedades laborales, los incidentes y accidentes del trabajo
- Vigilancia de las condiciones de salud de los trabajadores
- Identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos
- Medidas de prevención y control para intervenir los peligros / riesgos
- Plan de emergencias
- Gestión y resultados del SG-SST
- Acciones preventivas y correctivas
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Para mayor información puede consultar nuestra línea 2886355 opción 8 o a través de nuestro correo servicioalcliente.ruc@ccs.org.co
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Empresas inscritas al RUC®
El Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) le da la bienvenida a las nuevas empresas inscritas. Esperamos que el trabajo en equipo contribuya a hacer del país un lugar más seguro y productivo para los trabajadores y el sector empresarial.
RUC® Hidrocarburos |
Nombre |
Actividad económica |
Ciudad |
SOLUCIONES OMH INGENIERIA S.A.S. |
Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica |
Bucaramanga |
KELCO COLOMBIA S.A.S. |
Actividades de saneamiento ambiental y otros servicios de gestión de desechos |
Bogotá |
PROTECCION CATODICA DE COLOMBIA & CIA. S.C.S. |
Comercio al por menor de otros productos nuevos en establecimientos especializados |
Bogotá |
JOSE GALVIS CONTRATISTA S.A.S. |
Construcción de otras obras de ingeniería civil |
Barrancabermeja |
CORROSION Y SERVICIOS S.A.S. |
Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica |
Bogotá |
ASIK S.A.S. |
Ensayos y análisis técnicos |
Barranquilla |
SERVI FUEGO SINCELEJO S.A.S. |
Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo N.C.P. |
Sincelejo |
TRANSPORTES INFANTAS S.A.S. |
Alquiler y arrendamiento de vehículos automotores |
Barrancabermeja |
MAKRO SOLUCIONES INDUSTRIALES LTDA. |
Confección de artículos con materiales textiles- excepto prendas de vestir |
Cali |
SERVICIOS TECNICOS LOGISTICOS & SUMINISTROS S.A.S. |
Actividades de alquiler y arrendamiento |
Neiva |
MOVILPETROL S.A.S. |
Transporte terrestre, transporte por tuberías |
Barrancabermeja |
TECNISERVI WORLD S.A.S. |
Obras de ingeniería civil |
Yopal |
SCI SUR AMERICA SAS - S.A.S. |
Desarrollo de sistemas informáticos (planificación- análisis- diseño- programación- pruebas)- consultoría informática y actividades relacionadas |
Bogotá |
GLADYS EVAN CURE |
Fabricación de otros tipos de equipo de transporte |
Cartagena |
CONSTRUMULL LTDA. |
Obra civil |
Barrancabermeja |
MIRSOKA S.A.S. |
Construcción de otras obras de ingeniería civil |
Yopal |
SODETRANS S.A.S. |
Transporte de pasajeros |
Soledad |
LOGISTIC S.A.S. |
Mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipo |
Bogotá |
N.A.R CONSTRUCTORES S.A.S. |
Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil |
Yopal |
RUC® Otros Sectores |
Nombre |
Actividad económica |
Ciudad |
Drummond |
SU SOLUCION INMEDIATA S.A.S. |
Comercio al por menor de electrodomésticos y gasodomésticos de uso doméstico- muebles y equipos de iluminación |
Barranquilla |
HELITEB S.A.S. |
Comercio al por menor de computadores- equipos periféricos- programas de informática y equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados |
Valledupar |
Acesco |
CONSTRUCTORA ECO S.A.S. |
Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica |
Barranquilla |
HUGO PEREIRA LORA E.U. |
Actividades de envase y empaque |
Barranquilla |
Triple A |
J.A. & ASOCIADOS S.A.S. |
Construcción de otras obras de ingeniería civil |
Barranquilla |
Une EPM |
EMTELCO S.A.S. |
Actividades de centros de llamadas |
Medellín |
Ingredion |
OBRA CIVIL Y PINTURA LLANO S.A.S. |
Obras de ingeniería civil |
Cali |
Holcim |
LOS PENCOS SERVICIOS AGROFORESTALES S.A.S. |
Servicios de apoyo a la silvicultura |
Corrales |
Corona |
FABRICACIONES TECNICAS MECANICAS S.A.S. FABRITECME S.A.S. |
Fabricación de productos elaborados de metal- excepto maquinaria y equipo |
Bogotá |
ELECTRO PORCELANA GAMMA S.A.S. |
Fabricación de otros productos minerales no metálicos |
Sabaneta |
Cerromatoso |
GRUPO HE S.A.S. |
Obras de ingeniería civil |
Montelíbano |
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Eventos de SSTA en el mundo
VI Plataforma Regional para la Reducción del Riesgo de Desastres en las Américas
Las plataformas regionales y globales juegan un rol fundamental para avanzar en la implementación del Marco de Sendai, ofreciendo espacios privilegiados de debate y aprendizaje y potenciando la colaboración de todos los grupos y sectores involucrados. Del 20 al 22 de junio forma parte de este foro multisectorial que se realizará en Cartagena, Colombia.
FECHA |
LUGAR |
EVENTO |
ORGANIZA |
INFORMES |
Febrero 21 de 2018 |
Cali, Colombia |
IP-in-Action LIVE |
IPUserGroup Latinoamérica |
www.ipusergrouplatino.com/home.html |
Febrero 20 al 23 de 2018 |
Madrid, España |
SICUR 2018 |
IFEMA |
www.ifema.es/sicur_01/ |
Marzo 6 al 8 de 2018 |
São Paulo, Brasil |
ISC Brasil 2018
13° International Security Conference and Exposition |
Reed Exhibitions Alcantara Machado |
http://www.iscbrasil.com.br/en/ |
Abril 11 y 12 de 2018 |
Ourense, España. |
Previsel 2018 Ourense Salón de la prevención y la seguridad laboral |
Expourense |
http://www.previsel.com/ |
Abril 11 al 13 de 2018 |
Las Vegas, Estados Unidos |
ISC WEST International Security Conference & Exposition |
SIA Security Industry Association |
http://www.iscwest.com/ |
Abril 24, 25 y 26 de 2018 |
Ciudad de México, México. |
Expo Seguridad México |
RELX Group TM |
http://www.exposeguridadmexico.com |
Junio 20, 21 y 22 de 2018 |
Cartagena, Colombia |
VI Plataforma Regional para la Reducción del Riesgo de Desastres (RRD) en las Américas |
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en cooperación con la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres (UNISDR) |
http://eird.org/pr18/ |
*La programación está sujeta a cambios.
Síganos en redes sociales
Entérese de primera mano sobre actualizaciones, buenas prácticas y recomendaciones para la gestión de los riesgos laborales y ambientales en su empresa.
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Actualización legal en SSTA
Manténgase informado
Entérese de la última legislación en seguridad, salud en el trabajo y ambiente. En esta edición encuentre el Decreto 209 de 2018 y el Decreto 50 de 2018.
DECRETO 209 DE 2018 DEL 26 DE ENERO DE 2018
Artículo 1. Adicionase el Capítulo 11 al Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, así:
"Capítulo 11. Administración y ejecución de los subsidios por parte de la Agencia de Desarrollo Rural, Fiduagraria S.A., o la entidad postulada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
DECRETO 50 DEL 16 DE ENERO DE 2018
"Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible en relación con los Consejos Ambientales Regionales de la Macro cuencas (CARMAC), el Ordenamiento del Recurso Hídrico y Vertimientos y se dictan otras disposiciones"
Artículo 2. Se modifican algunas definiciones del artículo 2.2.3.3.1.3., del Decreto 1076 de 2015, las cuales quedarán así:
"Aguas continentales. Cuerpos de agua que se encuentran en tierra firme hasta la línea de más alta marea promedio. Se localizan en las tierras emergidas, ya sea en forma de aguas superficiales o aguas subterráneas."
"Aguas marinas. Las contenidas en la zona económica exclusiva, mar territorial, aguas interiores, incluyendo las contenidas hasta la línea de más alta marea promedio.
"Objetivo de calidad. Conjunto de criterios de calidad definidos para alcanzar los usos del agua asignados en un horizonte de tiempo determinado, en un sector o tramo especifico de un cuerpo de agua".
ARTICULO 6. Se modifica el artículo 2.2.3.3.4.9. del Decreto 1076 de 2015, el cual quedará así:
- "Artículo 2.2.3.3.4.9 Del vertimiento al suelo. El interesado en obtener un permiso de vertimiento al suelo, deberá presentar ante la autoridad ambiental competente, una solicitud por escrito que contenga además de la información prevista en el artículo 2.2.3.3.5.2., la siguiente información ::
- Para Aguas Residuales Domésticas tratadas
- Para Aguas Residuales no Domésticas tratadas
- Sistema de disposición de los vertimientos
- Área de disposición del vertimiento.
- Plan de monitoreo.
- Plan de cierre y abandono del área de disposición del vertimiento
Artículo 7. Se modifica el artículo 2.2.3.3.4.14. del Decreto 1076 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.2.3.3.4.14. Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames Hidrocarburos o Sustancias Nocivas. Los usuarios que exploren, exploten, manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán estar provistos de un plan de contingencia para el manejo de derrames.
Parágrafo 1: Los usuarios de actividades sujetas a licenciamiento ambiental o Plan de Manejo Ambiental, deberán presentar dentro del Estudio de Impacto Ambiental el Plan de contingencias para el manejo de derrames de acuerdo con los términos de referencia expedidos para el proceso de licenciamiento por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
La anterior información se presenta exclusivamente con fines informativos, recuerde consultar el contenido completo de la norma.
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cuyo asunto (subject) sea RETIREME a nidya.corzo@ccs.org.co. |
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