¿Qué es una Ficha de Seguridad (FDS)?
De acuerdo con el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA), la Ficha de Datos de Seguridad (FDS) es un documento que debe brindar información completa sobre una sustancia o mezcla, enfocado al control y reglamentación de productos químicos en el lugar de trabajo.
Este documento indica los peligros que presenta una sustancia o mezcla, su almacenamiento, su manipulación y su eliminación en condiciones seguras; debe estar disponible en todo momento para su consulta por parte de los trabajadores y cuerpo de emergencias en un lugar accesible e identificado.
Beneficios de las FDS para las compañías:
Las FDS permiten acceder a información específica sobre los peligros de una sustancia o mezcla, permitiendo así:
- Desarrollar un programa activo de medidas de protección del trabajador, incluida la formación que es específica para cada lugar de trabajo.
- Considerar cualquier medida que pueda ser necesaria para proteger el medio ambiente.
Acerca de la normatividad:
Mediante el Decreto 1496 del 6 de agosto de 2018, el Gobierno Nacional adoptó el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) y se dictaron otras disposiciones en materia de seguridad química.
Algunas especificaciones del presente decreto son:
- Se adoptan las etiquetas y fichas de seguridad, tal como están definidas en el SGA.
- El fabricante o importador deberá elaborar la etiqueta y la ficha de datos de seguridad, la cual debe ser revisada cada 5 años.
- El fabricante, importador y/o comercializador debe suministrar a los empleadores las Fichas de Datos de seguridad.
- La clasificación y etiquetado de los productos químicos en los lugares de trabajo se realizará según lo definido en el SGA.
- Los comercializadores deberán solicitar la Ficha de Datos de Seguridad a los fabricantes o importadores y suministrarla a sus clientes.
- Se prevén reglamentaciones sectoriales para productos químicos dirigidos al consumidor, plaguicidas químicos de uso agrícola, transporte terrestre y químicos utilizados en lugares de trabajo. La cartera líder de cada sector reglamentará los criterios técnicos y los períodos de implementación.
El Decreto 1079 de 2015 indica en la sección 8 información sobre el transporte terrestre y manejo de mercancías peligrosas.
La Ley 55 de 1993 indica: “a los empleadores que utilicen productos químicos peligrosos se les deberán proporcionar fichas de datos de seguridad que contengan información esencial detallada sobre su identificación, su proveedor, su clasificación, su peligrosidad, las medidas de precaución y los procedimientos de emergencia”.
Estructura de las FDS:
Teniendo en cuenta el Decreto 1496 del 2018, por el cual se adopta el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad química, la estructura de las FDS debe contener las siguientes secciones:
- Sección 1. Identificación del producto
- Sección 2. Identificación del peligro o peligros
- Sección 3. Composición/ información sobre los componentes
- Sección 4. Primeros auxilios
- Sección 5. Medidas en caso de incendio
- Sección 6. Medidas que deben tomarse en caso de vertido accidental
- Sección 7. Manipulación y almacenamiento
- Sección 8. Controles de exposición/ protección personal
- Sección 9. Propiedades físicas y químicas
- Sección 10. Estabilidad y reactividad
- Sección 11. Información toxicológica
- Sección 12. Información eco toxicológica
- Sección 13. Información relativa a la eliminación de los productos
- Sección 14. Información relativa al transporte
- Sección 15. Información sobre la reglamentación
- Sección 16. Otras informaciones
Referencias bibliográficas:
- Fichas de Datos de Seguridad FDS. FAVA- Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA. Curso Sistema Globalmente Armonizado 2018. Pg. 5-8.
- Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA). Sexta edición revisada. Extraída el 12 de agosto de página web: https://ccs.org.co/interna_cispro.php?idnoticia=122&opcacordeon=5
- Decreto 1609 de 2002. Por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.
- NTC 4435. Transporte de mercancías. Hojas de datos de seguridad para materiales. Preparación