>


Boletín
RUC®al día
Diciembre 11 de 2017 - Año 6 No. 63


Actualidad

Paquete de medidas técnicas de seguridad vial Salve VIDAS

Cifras y datos de interés:

  • Los accidentes de tránsito que ocupan actualmente el noveno lugar entre las principales causas de defunción a nivel mundial y para todos los grupos de edad, suponen la pérdida de más de 1,2 millones de vidas y causan traumatismos no mortales a cerca de 50 millones de personas en todo el mundo cada año.
  • Casi la mitad (49%) de las personas que mueren en las vías de tránsito del mundo son peatones, ciclistas y motociclistas.
  • Los accidentes de tránsito son la principal causa de defunción para las personas de edades comprendidas entre los 15 y los 29 años.
  • La comunidad internacional presta cada vez más atención a las políticas de seguridad vial. El grupo de colaboración de las Naciones Unidas para la Seguridad Vial elaboró a su vez el Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial con el fin de proporcionar un marco general de acción.
  • Este plan promueve soluciones económicas y de eficacia probada para mejorar la seguridad vial en las siguientes esferas:

Actividades nacionales

 

En este contexto, la Organización Mundial de Salud (OMS) preparó un paquete de medidas técnicas de Salve VIDAS con el objetivo de apoyar los esfuerzos de decisores y profesionales dirigidos a reducir considerablemente el número de defunciones causadas por el tránsito en sus países.

Este paquete de medidas técnicas consiste en una selección de intervenciones interrelacionadas que si se adoptan conjuntamente permiten conseguir y mantener mejoras sustanciales y a veces sinérgicas en relación con un factor de riesgo o resultado sanitario específico.

La ejecución de las intervenciones ayudará a reducir las defunciones, traumatismos y costos socioeconómicos conexos causados por el tránsito, mejorar las instalaciones y la calidad del entorno para los que se desplazan a pie y en bicicleta, fortalecer el marco institucional y legislativo de las políticas de seguridad vial y abordar cuestiones sociales y de gobernanza más amplias relacionadas con las políticas de seguridad vial.

También, proporciona a los decisores y profesionales en materia de seguridad vial un conjunto de intervenciones prioritarias basadas en datos probatorios que pueden poner en práctica para alcanzar las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativas a la seguridad vial y los asentamientos humanos.

Los componentes básicos del paquete de medidas técnicas de Salve VIDAS son:

Intervenciones prioritarias

Control de la velocidad:

  • Promulgar y hacer cumplir leyes que establezcan límites de velocidad a escala nacional, local y urbana.
  • Construir vías que moderen el tránsito o modificarlas con ese fin, por ejemplo mediante rotondas, embudos, badenes, chicanes y bandas sonoras.
  • Exigir a los fabricantes de automóviles que introduzcan nuevas tecnologías, como sistemas de adaptación inteligente de la velocidad, para ayudar a los conductores a respetar los límites de velocidad.

Liderazgo en seguridad vial:

  • Crear un organismo que lidere la seguridad vial.
  • Elaborar y financiar una estrategia de seguridad vial.
  • Evaluar el impacto de las estrategias de seguridad vial.
  • Realizar un seguimiento de la seguridad vial mediante un fortalecimiento de los sistemas de datos.
  • Incrementar el conocimiento y el apoyo del público a través de programas de educación y campañas.

Diseño y mejora de las infraestructuras:

  • Proporcionar infraestructuras seguras para todos los usuarios de las vías de tránsito, por ejemplo aceras, pasos peatonales seguros, refugios, puentes peatonales y pasos subterráneos.
  • Abrir carriles para bicicletas y motocicletas.
  • Aumentar la seguridad de los bordes de las vías de tránsito mediante zonas libres de obstáculos, estructuras abatibles o barreras.
  • Diseñar intersecciones más seguras.
  • Separar las vías de acceso de las vías de paso.
  • Dar prioridad a las personas mediante la creación de zonas libres de vehículos.
  • Restringir el tránsito y la velocidad en zonas residenciales, comerciales y escolares.
  • Crear rutas mejores y más seguras para el transporte público.

Normas de seguridad de los vehículos:

  • Promulgar y hacer cumplir normas de seguridad sobre los vehículos de motor, en relación con:
    • los cinturones de seguridad
    • los anclajes de los cinturones de seguridad
    • la colisión frontal
    • la colisión lateral
    • control electrónico de estabilidad
    • la protección de los peatones y
    • los sistemas de retención infantil ISOFIX.
  • Promulgar y hacer cumplir reglamentos sobre sistemas antibloqueo de la frenada y luces de circulación diurnas para las motocicletas.

Vigilancia del cumplimiento de las leyes de tránsito:

  • Promulgar y hacer cumplir leyes a escala nacional, local y urbana sobre:
    • la conducción bajo los efectos del alcohol
    • el casco para los motociclistas
    • los cinturones de seguridad y
    • los sistemas de retención infantil.

Supervivencia tras un accidente:

  • Crear sistemas organizados e integrados de atención de emergencia pre hospitalaria y en centros de salud.
  • Proporcionar formación en atención básica de emergencia a los equipos de respuesta a los accidentes.
  • Promover la formación de los grupos de respuesta inicial de la comunidad.

Fuente: Salve VIDAS – Paquete de medidas técnicas sobre seguridad vial [Save LIVES - A road safety policy package]. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 2017. Licencia: CC BY-NC-SA 3.0 IGO.Puede consultarse en http://apps.who.int/iris.





Lecciones aprendidas

Trabajador fallece al chocar contra un camión en carretera

Descripción del accidente
Un trabajador que conducía la camioneta de la empresa comenzó su jornada a las 6 de la mañana y durante el día realizó diversas entregas y retiros de mercadería en distintas ciudades, deteniéndose sólo para almorzar. Cerca de las 10 de la noche, cuando regresaba a la ciudad de origen, colisionó con un camión que circulaba en la misma vía.

Causas del accidente

  • Desconcentración al conducir.
  • Condiciones inesperadas en la ruta (trabajos, ciclistas, animales), lo que provocó maniobras imprevistas del conductor.
  • Adormecimiento del conductor debido a la fatiga.
  • Maniobra insegura al adelantar sin considerar tiempo y distancia.
  • No respetar normas de tránsito.
  • Falla mecánica del vehículo.
  • Exceso de carga.
  • Acciones inseguras del otro conductor (adelantamiento, sobrepasar eje de calzada).

Para trabajadores:

  • Realizar revisión del vehículo, verificar frenos, cinturón de seguridad, iluminación, señalizadores, líquidos y neumáticos.
  • Disminuir la velocidad al advertir condiciones peligrosas en la ruta.
  • Nunca conducir si hay señales de sueño y cansancio. Dormir al menos siete horas antes de iniciar un viaje, planificar la ruta y hacer detenciones cada dos horas para descansar, realizar breves pausas de ejercicios (5- 10 minutos) e hidratarse.
  • Informar a la jefatura sobre condiciones inseguras del vehículo.
  • Conducir a la defensiva, respetando los límites de velocidad, usar el cinturón de seguridad y no utilizar distractores como teléfono celular.
  • Respetar el máximo de carga del vehículo.
  • Transitar por la derecha.

Para empresas:

  • Realizar e implementar revisión diaria y programas de mantenimiento preventivo a vehículos de la empresa.
  • Reforzar el uso obligatorio de cinturón de seguridad, luces encendidas y prohibir uso de teléfono celular y otros distractores.
  • Implementar procedimientos de validación de conductores internos: licencia de conducir, experiencia, entrenamiento, autorización.
  • Controlar vía telefónica las detenciones y descansos programados.
  • Planificar la ruta considerando los descansos y las detenciones.
  • Desarrollar programas de capacitación permanente en seguridad vial.
  • Para jornadas extensas de conducción, designar dos conductores.
  • Controlar límites de carga de los vehículos y descanso suficiente antes de conducir.

Fuente: http://www.asiquim.com





Temas de interés RUC®

Beneficios a empresas inscritas en el RUC®

Los programas de capacitación y entrenamiento sin costo adicional hacen parte de los beneficios que obtienen todas las empresas inscritas en el RUC®. Programas de formación que abarcan el desarrollo de temas técnicos y normativos en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental (SSTA).

A través de los procesos de capacitación que ofrecemos a nuestras empresas, queremos aportar conocimientos y herramientas que favorezcan la administración de los riesgos en SSTA, riesgos que pueden presentarse en sus operaciones y ser generadores de enfermedades o accidentes laborales.

Por lo tanto, apoyamos el fortalecimiento de las competencias y la transferencia de conocimiento a los diferentes roles o perfiles involucrados en el día a día de las actividades.

Nuestras capacitaciones estan dirigidas no sólo a los responsables de los sistemas de gestión, sino a todos aquellos trabajadores que hacen parte de las organizaciones inscritas al RUC® y que de una u otra manera tienen responsabilidades dentro del sistema o a través de su liderazgo promueven una cultura de seguridad.

Es así, como nuestra estratégica de capacitación se encuentran alineada a los resultados y brechas identificadas de los procesos de evaluación del RUC®   y responden a tres líneas de acción:

 

  • Mayor conocimiento del modelo de evaluación RUC®
  • Fortalecimiento técnico en SSTA
  • Fortalecimiento normativo en SSTA

 

A la fecha 5.140 trabajadores han participado de nuestros procesos de capacitación a nivel nacional y de manera presencial y virtual.

Objetivos de la formación:

  • Facilitar la preparación permanente de los trabajadores de nuestras empresas inscritas al RUC®.
  • Contribuir al mejoramiento empresarial.
  • Elevar el nivel de conocimiento y compromiso del personal.
  • Fortalecer la capacidad para gestionar proactivamente los riesgos.

Cobertura y alcance:
Nuestras capacitaciones son realizadas de manera presencial y virtual, logrando así cobertura a nivel nacional. La programación de las mismas se divulga mensualmente en el boletín del RUC® publicación que circula en medio digital.

En la sección del RUC® se informan los temas, lugares y fechas en las cuales se realizarán estas capacitaciones. 

Nuestros resultados en el año 2017:

  • 1.150 personas capacitadas en el modelo de evaluación RUC® en diferentes ciudades del país.

En las capacitaciones del RUC®  compartimos la estructura, fundamentos, criterios y características de los diferentes elementos evaluados, así como su articulación con las obligaciones definidas para el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) por el Decreto 1072 y el relacionamiento con los estándares mínimos definidos por la Resolución 1111 de 2017.

También, socializamos las principales brechas identificadas en las evaluaciones RUC® y oportunidades de mejora a fin de que sean gestionadas por las empresas. Estas capacitaciones son realizadas por nuestros Auditores RUC®

Recuerde que el RUC® está completamente alineado a las obligaciones legales sobre el SGSST y Estándares Mininos, adicionalmente e brinda herramientas de cómo gestionar cada requisito al interior de su empresa.

 

 

  • 3.990 personas capacitadas en temas técnicos y normativos en SSTA

Nuestro plan de capacitación se complementa con una variada alternativa de temas técnicos y normativos en materia de SSTA de actualidad, dentro de los principales temas en los cuales se capacitaron en el año 2017 nuestras empresas inscritas al RUC® están:

En estas capacitaciones desarrollamos el contenido para que los participantes conozcan el fundamento técnico y legal que soporta su gestión en SSTA, de esta manera ampliamos sus conocimientos y aclaramos dudas e inquietudes que pueden presentarse en el día a día de sus operaciones.

Estas capacitaciones son realizadas por profesionales y especialistas técnicos en la materia y contamos con el respaldo instructores de entidades públicas y privadas con gran trayectoria en el país. 

Qué viene para el 2018

Nuestro plan de capacitación para el siguiente año estará en función de dos grandes acciones:

  • Identificar las principales brechas  resultado de las auditorias RUC® realizadas.
  • Generar  a partir de las brechas procesos de formación que respondan a estas desviaciones.

¡Lo invitamos a hacer parte del RUC® y acceder a nuestros beneficios!

Para mayor información puede consultar nuestra línea 288 6355 opción 8 o a través de nuestro correo  servicioalcliente.ruc@ccs.org.co

 



Nuevos inscritos

Empresas inscritas al RUC®

El Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) le da la bienvenida a sus nuevas empresas inscritas. Esperamos que el trabajo en equipo contribuya a hacer del país un lugar más seguro y productivo para los trabajadores y el sector empresarial.

RUC® Hidrocarburos

Nombre Actividad económica Ciudad
Víctor Internacional Petroleum Services Ltda Colombia S.A.S. Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural. Bogotá
Fevial S.A.S. Actividades de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos. Montelíbano
Movitram Gruas S.A.S. Alquiler y arrendamiento de otros tipos de maquinaria - equipo y bienes tangibles. Dosquebradas
Conaltra S.A. Transporte de carga por carretera. Bogotá
Ramde Solids Control S.A.S. Comercio al por mayor de combustibles sólidos – líquidos - gaseosos y productos conexos. Bogotá
Constructora V.C.P. S.A.S. Instalaciones eléctricas. Barrancabermeja
Hortua Cifuentes Edgar Armando Silvicultura y otras actividades forestales. Villavicencio
Bombas y Servicios de Casanare LTDA. Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo N.C.P. Yopal
D2r Internacional Colombia S.A.S. Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo N.C.P. Bogotá
Sp5 Soluciones de Ingeniería y Mantenimiento S.A.S. Construcción de otras obras de ingeniería civil. Cali
Transportes y Servicios J.R Ltda. Transporte de carga por carretera. Yopal
Construcciones y Consultorías H&M S.A.S. Construcción de otras obras de ingeniería civil. Yopal
Compañía de Vigilancia Centro Empresarial de Seguridad Privada Scanner Ltda. Actividades de seguridad privada. Bogotá

 

RUC® Otros Sectores

Nombre Actividad económica Ciudad
Gases del Caribe
Arquitecsoft S.A.S. Actividades de desarrollo de sistemas informáticos (planificación – análisis – diseño – programación - pruebas) Cali
Acesco
Tecnisoluciones Industriales S.A.S Evacuación y tratamiento de aguas residuales. Barranquilla
Team Food
Mapreinco S.A.S Actividades de saneamiento ambiental y otros servicios de gestión de desechos. Barranquilla
Argos
Alejandro Muñoz SAS Transporte de carga por carretera. Cartagena
Ingredion
Graficad Ingeniería Diseño S.A.S Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica. Cali


Capacitación y eventos

Prográmese desde ahora para el 2018


A continuación se presenta el cronograma de capacitaciones virtuales que el RUC® tiene para sus afiliados en el próximo año:

Mes Fecha Hora Capacitación
Febrero 22 9:00 a.m. a 11:00 a.m.

Charla virtual

Marzo 15 Charla virtual
Abril 12

Charla virtual

Mayo 17 Charla virtual
Junio 14 Charla virtual
Julio 12 Charla virtual
Agosto 16 Charla virtual
Septiembre 13 Charla virtual
Octubre 11 Charla virtual
Noviembre 15 Charla virtual

*La programación está sujeta a cambios.

Síganos en redes sociales

Entérese de primera mano sobre actualizaciones, buenas prácticas y recomendaciones para la gestión de los riesgos laborales y ambientales en su empresa.

  @consejocolombianodeseguridad
     
 

@RUC_CCS

@CCS_Colombia

     
  CCSColombia
     
  Consejo Colombiano de Seguridad - CCS


Actualización legal en SSTA

Decreto 1949 del 28 de noviembre de 2017

Por el cual se modifica y adiciona el Decreto Único Reglamentario No 1073 de 2015, en cuanto se reglamentan los mecanismos para el trabajo bajo el amparo de un título en la pequeña minera y se toman otras determinaciones"

Artículo 2.2.5.4.2.1. Ámbito de aplicación. Los lineamientos dispuestos en esta Sección reglamentan la autorización, celebración y ejecución del Subcontrato de Formalización Minera entre el beneficiario de un título minero y los explotadores mineros de pequeña escala o pequeños mineros definidos de conformidad con el artículo 2.2.5.1.5.5 del presente Decreto, que se encuentren adelantando actividades de explotación desde antes del 15 de julio de 2013, en el área perteneciente a dicho título.

Decreto 1784 del 02 de noviembre de 2017
“Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1077 de 2015 en lo relativo con las actividades complementarias de tratamiento y disposición final de residuos sólidos en el servicio público de aseo”
ART.  2.3.2.3.1. Objeto. El presente Capítulo tiene por objeto reglamentar las condiciones bajo los cuales deberá desarrollarse la actividad complementaria de disposición final de residuos sólidos en la prestación del servicio público de aseo.

ART. 2.3.2.3.5. Regionalización de sistemas de disposición final de residuos sólidos. En la medida en que las condiciones ambientales, topográficas, viales y distancias lo permitan, los proyectos de disposición final de residuos sólidos que vaya a formular y desarrollar cualquier entidad territorial, propenderán a que se enfoque desde el ámbito regional, teniendo en cuenta los beneficios sociales, ambientales y económicos derivados de este nivel, en gestión conjunta con otros municipios y distritos.

ART. 2.3.2.3.11.Requisitos mínimos para el Diseño de nuevos rellenos sanitarios o ampliación de existentes: Una vez se ha determinado que el área seleccionada para la ejecución del proyecto, cuenta con uso de suelo compatible o condicionado, de manera previa y sin perjuicio de otros requisitos, se deberá contar con el Documento Técnico de Estudios y Diseños el relacionara los elementos técnicos descrito en el presente artículo.
Resolución 2254 de 01 de noviembre de 2017

“Por el cual se adopta la norma de Calidad del aire ambiente y se dictan otras disposiciones

ART.  1. Objeto y ámbito de aplicación .La presente resolución establece la norma de calidad del aire o nivel de inmisión y adopta disposiciones para la gestión del recurso aire en el territorial Nacional, con el objeto de garantizar un ambiente sano y minimizar el riesgo sobre la salud humana que pueda ser causado por la exposición a los contaminantes en la atmosfera.

ART 2.Niveles máximos permisibles de contaminantes criterio: Se establecen los niveles máximos permisibles a condiciones de referencia para contaminantes criterio que regirán a partir del primero de enero de 2018. El artículo 3 señala los Niveles máximos permisibles a 2030.

ART 8.Monitoreo y seguimiento de la calidad del aire por parte de proyectos, obras o actividades: El monitoreo y seguimiento de la calidad del aire por parte de los proyectos, obras o actividades, deberá realizarse mínimo en los siguientes casos:

  1. Como insumo para la elaboración de estudios de impacto ambiental en el marco del licenciamiento ambiental
  2. Como actividad periódica o fija de monitoreo establecida en el plan de manejo ambiental
  3. Ordenada por las autoridades ambientales competentes mediante el acto administrativo cuando estas adviertan que los proyectos, obras o actividades que no sean objeto de licenciamiento ambiental, generan impactos negativos en la calidad del aire.

ART 26. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir del 1 de Enero de 2018, fecha a partir de la cual se derogan la Resolución 601 de 2006 y la Resolución 610 de 2010, en Anexo 2.”Procedimiento de cálculo para la determinación de área-fuente” del manual de diseño de sistemas de vigilancia de calidad de aire y los numerales 7.6.7 “Índice de calidad del Aire”, 7.3.1.1.” Manejo y presentación de las variables de calidad del aire” y 7.3.2.8 “Comparación de los valores de concentración con la norma” del manual de operación de sistemas de vigilancia de la calidad del aire del Protocolo para el Monitoreo y Seguimiento de la Calidad del Aire adoptado por la Resolución 650 de 2010 y ajustado por la Resolución 2154 de 2010.

Criterios para el reconocimiento de la licencia de maternidad por parto prematuro
(Concepto 201711601940441, octubre 03 de 2017, Ministerio de Salud y Protección Social)

De acuerdo con el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo y la Sentencia T-646 de 2012, para el reconocimiento de la licencia de maternidad por parto prematuro debe tenerse en cuenta la diferencia entre la edad gestacional (formación en el vientre materno) y el nacimiento a término (fecha probable de parto, indicado por el especialista o médico tratante), con el fin de determinar en cuántas semanas se debe ampliar la licencia de maternidad.

La anterior información se presenta exclusivamente con fines informativos, recuerde consultar el contenido completo de la norma.

 


 
 
Si usted no desea seguir recibiendo este boletín, por favor envíenos un correo electrónico
cuyo asunto (subject) sea RETIREME a nidya.corzo@ccs.org.co.